Durante los ERTE, como consecuencia del Covid-19, los trabajadores percibirán una prestación por desempleo que durante los seis primeros meses será el 70% de su base reguladora (base de cotización de los 180 días anteriores al hecho causante) y, pasado este tiempo, a partir del séptimo mes empezará a percibir el 50%.
Además, se debe tener en cuenta que la prestación por desempleo tiene unos topes máximos y mínimos:
- La prestación contributiva mínima sin hijos a cargo es el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) o lo que es lo mismo, 501,98 euros.
- La prestación por desempleo mínima con uno o más hijos a cargo sería el 107% del IPREM, es decir, 671,40 euros. Estos límites son aplicables siempre que se haya trabajado a jornada completa.
- En el supuesto de haber trabajado a jornada parcial, los topes mínimos estarán entre 248,50 euros y 250,99 euros sin hijos a cargo, y entre 334,87 euros y 335,70 euros si se tienen hijos.
- La prestación por desempleo máxima sin hijos a cargo será el 175% del IPREM, es decir, 1.098,09 euros.
- Con un hijo a cargo será del 200% del IPREM, que son 1.254,86 euros mensuales, con dos o más hijos, la cuantía máxima será de 1.411,83 euros.
Es importante tener en cuenta que:
- El periodo de prestación que disfrute el trabajador no disminuirá el periodo de una futura prestación.
- La prestación será concedida en todo caso, aunque el trabajador no reúna los requisitos de cotización establecidos legalmente.