El 7 de abril comenzó el plazo para la confirmación del borrador y para presentar la Declaración de la Renta mediante el programa PADRE. Como cada año, le indicamos cuáles son las principales novedades que se incluyen en la presentación de la Renta.
- Incentivo fiscal al inicio de actividades económicas: los contribuyentes que inicien el ejercicio de una actividad económica a partir del 01/01/2013 y determinen el rendimiento neto de la misma conforme al método de estimación directa:
- Podrán reducir en un 20% el rendimiento neto positivo de dicha actividad.
- Podrán hacerlo en el primer período impositivo en que el mismo sea positivo y en el período impositivo siguiente.
- Deducciones para los “business angels”: se establece un incentivo fiscal en el IRPF a favor de los “business angels”, es decir, de aquellas personas interesadas en aportar solo capital para el inicio de una actividad o “capital semilla”.
- La deducción es del 20% en la cuota estatal con ocasión de la inversión realizada al entrar en la sociedad.
- La base máxima de la deducción será de 50.000€ anuales.
- Se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.
- Deducción por beneficios: los empresarios y profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa que inviertan los beneficios de la actividad económica en elementos nuevos del inmovilizado material o de las inversiones afectos a actividades económicas, inmobiliarias, podrán deducirse el 10% de la parte de la base liquidable correspondiente a dichos beneficios (5% si se trata de contribuyentes que apliquen reducción del 20% del rendimiento neto por micropyme con mantenimiento de plantilla por inicio de actividad).
- Rentas exentas. Desde el 01/08/2014, el importe de la exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajo prevista en el artículo 7 e) de la Ley del IRPF tendrá como límite la cantidad de 180.000 euros.