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Paseo de la Castellana, 161, 2ª Planta - 28046 Madrid

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Si su empresa se constituyó recientemente, verifique si algún socio puede disfrutar de la deducción aplicable a quienes invierten en entidades de nueva o reciente creación y no olvide presentar el modelo 165 durante el mes de enero.

Deducción en IRPF. Si su empresa se constituyó hace menos de tres años y durante el año 2022 recibió fondos de socios personas físicas (ya sea para constituirla o para aumentar el capital), verifique si se cumplen los requisitos para que alguno de ellos pueda aplicar en su IRPF la deducción por inversión en empresas de reciente constitución. Para ello, es preciso que el socio no supere el 40% del capital social y que su participación sea temporal (debe mantenerla un mínimo de tres años y un máximo de doce). La deducción es del 30% de las cantidades invertidas durante el año, siendo la inversión máxima con derecho a deducción de 60.000 euros por inversor y año.

Requisitos para la sociedad: Es preciso que la sociedad revista la forma de SA o SL y no cotice en bolsa, debe ejercer una actividad económica contando con los medios personales y materiales necesarios para desarrollarla y su cifra de fondos propios al inicio del año no puede superar los 400.000 euros

Formalismos: la empresa también debe cumplir algunas obligaciones formales durante el próximo mes de enero:

• Debe entregar a los socios una certificación indicando que cumple con los requisitos indicados.
• Debe presentar la declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación (modelo 165).

Modelo 165. Al presentar dicho modelo en enero, se comunica a Hacienda las operaciones realizadas durante el año anterior y las posibles deducciones aplicables a los socios. Si no lo hace y los socios aplican en su IRPF la deducción, éstos tendrán problemas con Hacienda.

 

MEJORAS EN LA DEDUCCIÓN A PARTIR DEL 2023:

Está previsto que, a partir de 2023, la deducción pase a ser del 50% de la inversión realizada (en lugar del 30% aplicable hasta ahora).

Además, la inversión máxima con derecho a deducción también aumentará de 60.000 a 100.000 euros por inversor y año. Así pues, a partir de 2023 la deducción anual máxima será de 50.000 euros (antes era de sólo 18.000 euros).