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Paseo de la Castellana, 161, 2ª Planta - 28046 Madrid

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Muchas empresas han decidido mantener un sistema de teletrabajo o mixto a pesar de la finalización de las medidas de prevención por Covid-19.

Si su empresa es una de ellas, recuerde que es de obligado cumplimiento firmar un acuerdo con todos los trabajadores que vayan a teletrabajar donde se especifiquen todos los requisitos.

Puede comprobar cuáles son estos requisitos en nuestra Nota Informativa 57/2020 sobre el Acuerdo de Trabajo a Distancia / Teletrabajo

Una vez realizado el acuerdo correctamente, será necesario presentarlo en el SEPE para que quede registrado.

IMPORTANTE: Inspección de Trabajo está llevando a cabo Inspecciones con motivo del teletrabajo para controlar que se cumpla con la modalidad de teletrabajo según lo establecido en la Ley 10/2021, por lo que recomendamos que, si se va a seguir manteniendo una modalidad de teletrabajo, se realice este acuerdo cuánto antes.

Si en su empresa existe una modalidad de teletrabajo y no tiene un acuerdo firmado con los trabajadores, póngase en contacto con nosotros. Resolveremos todas sus dudas y le ayudaremos en la creación de un acuerdo de teletrabajo adaptado a su modelo a distancia.

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