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Paseo de la Castellana, 161, 2ª Planta - 28046 Madrid

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Si al solicitar un informe de vida laboral, no aparecen recogidos todos los períodos trabajados y cotizados por el solicitante ¿qué sucede?

Primero, indicar que este hecho perjudicaría al trabajador ya que si, en el documento, no se refleja la realidad de su vida laboral y, algunos períodos trabajados y cotizados, no aparecen contemplados en el documento, no sumarían como tiempo de cotización para el futuro y para posibles beneficios que exigiesen determinados períodos de cotización al trabajador.

¿Qué se podría hacer en estos casos? ¿Impugnar dicho informe de vida laboral porque su contenido no coincide con la realidad del trabajador?

Según el Tribunal Supremo, la opción de impugnar, ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), el contenido del informe laboral que no recoge todos los períodos cotizados, no sería una opción viable ya que el alto Tribunal reconoce que el carácter del informe de vida laboral es meramente informativo, no crea derechos ni obligaciones para los interesados, por lo que no se podría impugnar el contenido del mismo por no recoger períodos de cotización que el trabajador afirma que existieron pero que, en el informe, no constan.

Para que se reconocieran esos períodos cotizados, que no constan en el informe de vida laboral, se debería hacer una reclamación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En función de la respuesta obtenida a la reclamación, se determinaría si esos períodos, que no constan, se podrían incluir o no en el informe.

Caso distinto sería que se hubiera dictado una sentencia laboral que reconozca la veracidad de esos períodos trabajados y cotizados que no están recogidos en el informe, en este caso, dicho tiempo cotizado debería ser incluido en el informe de vida laboral puesto que el contenido de la sentencia otorgaría un derecho al trabajador.