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Paseo de la Castellana, 161, 2ª Planta - 28046 Madrid

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Cuando hablamos de un Impuesto sobre Sociedades nos referimos a un tributo que grava la renta de las sociedades y demás entidades residentes en todo territorio español.

Según la Agencia tributaria, se consideran residentes en territorio español a las entidades que:

  • Se han constituido conforme a las leyes españolas.
  • Tienen su domicilio fiscal en territorio español.
  • Tienen la sede de dirección efectiva en territorio español.

 

TIPO IMPOSITIVO

El periodo impositivo del impuesto sobre sociedades es el mismo que el ejercicio económico de cada entidad , no llegando a superar los 12 meses.

Se entenderá como concluido el periodo impositivo:

  • Cuando la entidad se extinga.
  • Cuando la entidad cambie la residencia del territorio español al extranjero.
  • Cuando cambie la forma jurídica de la entidad y no sea necesario la sujeción al impuesto sobre sociedades de la nueva entidad.

 

¿QUÉ ENTIDADES DEBEN PAGAR EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES?

  • Las Sociedades Limitadas
  • Las Sociedades Anónimas
  • Las Sociedades Colectivas
  • Las Sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales.

Cualquier duda que pueda surgirle en este aspecto no dude en ponerse en contacto con nosotros.