Desde el pasado 13 de marzo, las empresas y entidades están obligadas a habilitar un canal de denuncias o canal interno de información para que los empleados, o cualquier tercero que colabora con ellas, pueda formular denuncias que podrá ser de forma anónima.
El protocolo de denuncias de prácticas irregulares permite a los empleados, sin que puedan ser sancionados por ello, la denuncia de irregularidades laborales, penales o administrativas acaecidas en la empresa.
El objetivo de la norma es que la empresa pueda conocer las prácticas irregulares que existen en la organización para corregir internamente la situación e intentar reparar los daños lo antes posible.
¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A TENER UN CANAL DE DENUNCIAS?
Están obligadas a disponer de un Canal de Denuncias Interno:
- Las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados a 50 o más trabajadores.
Las administraciones, organismos, empresas y demás entidades obligadas a contar con un sistema interno de información deberán implantarlo antes del 13 de junio de 2023 si tienen 250 o más trabajadores o antes del 2 de diciembre de 2023 si tienen menos.
No cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, podrá acarrear una sanción de hasta 100.000 euros.