Debido a la pandemia, muchas de las empresas que han instaurado el teletrabajo como medida de contención, han decidido prolongar el trabajo a distancia para ayudar así a la conciliación, flexibilidad y bienestar de los trabajadores.
A raíz de la escalada de compañías en las que se ha implantado este modelo, han surgido muchas dudas a la hora de su correcta implantación y muchas preguntas sobre su gestión diaria. Es por ello por lo que queremos resolver aquellas cuestiones relacionadas con que una persona empleada sufra algún tipo de accidente mientras desarrolla su trabajo en su domicilio particular.
Para que hablemos de Accidente de Trabajo durante los días de teletrabajo, se deberán dar simultáneamente tres condiciones o requisitos:
- El accidente de trabajo se tiene que producir durante el horario laboral. Esto se podrá comprobar mediante la revisión del fichaje de la persona trabajadora, el cual es obligatorio tras la aprobación del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de Marzo.
- Tendrá que ocasionare en el lugar de trabajo. El lugar de trabajo deberá estar claramente establecido en los contratos de teletrabajo para cada trabajador, siendo altamente recomendable la inclusión de las características del domicilio principal donde el trabajador teletrabaje, segundas residencias donde se pueda teletrabajar eventualmente, etc.
- El accidente laboral se tendrá que ocasionar por consecuencia directa o indirecta con el trabajo. Deberá existir una clara relación de causalidad entre la actividad laboral y la lesión producida.
A continuación, mostramos algunos ejemplos que podrían ser considerados como Accidente Laboral mientras se está teletrabajando y otros que no. No obstante, cada consideración quedará a decisión y evaluación del trabajador y la empresa o Mutua.
¿QUÉ CONSIDERAMOS ACCIDENTE DE TRABAJO TELETRABAJANDO?
- Una caída de camino al baño
- Una caída por las escaleras de camino al baño
- Ictus o infarto sufrido en horario laboral
- Accidente de coche yendo a la segunda residencia donde se ha permitido teletrabajar
- Accidente en un desplazamiento ordenado por la empresa
¿QUÉ NO CONSIDERAMOS ACCIDENTE DE TRABAJO TELETRABAJANDO?
- Quemaduras mientras se realizan tareas domésticas
- Cortes con cuchillos
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